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INDICE
1. PROTECCIÓN DE LAS INSTALACIONES.
1.1. Protección
contra sobreintensidades.
1.2. Situación
de los dispositivos de protección.
1.3. Características
de los dispositivos de protección.
1.4. Cuadro de distribución.
1.5. Protección
contra sobretensiones de origen atmosférico.
1.6. Puestas a tierra.
1. PROTECCIÓN DE LAS INSTALACIONES
1.1. Protección contra sobreintensidades
Todo circuito estará protegido
contra los efectos de las sobreintensidades que puedan presentarse
en el mismo, para lo cual la interrupción de este circuito
se realizará en un tiempo conveniente o estará dimensionado
para las sobreintensidades previsibles.
Las sobreintensidades pueden estar
motivadas por:
3/4
Sobrecargas debidas a los aparatos de utilización
o defectos de aislamiento de gran impedancia.
3/4
Cortocircuitos.
Excepto los conductores de protección,
todos los conductores que forman parte de un circuito, incluyendo
el conductor neutro o compensador, estarán protegidos contra
los efectos de las sobreintensidades.
a) Protección contra
sobrecargas. El límite de intensidad de corriente admisible
en un conductor ha de quedar en todo caso garantizada por el
dispositivo de protección utilizado.
Para la protección
del conductor neutro o compensador se tendrá en cuenta:
3/4
Cuando el conductor neutro o compensador del circuito tenga
una sección inferior a los conductores de fase o polares,
y pueda preverse en él sobrecargas que no hagan actuar
los dispositivos de protección destinados exclusivamente
a aquéllos, se colocará un dispositivo de protección
general que disponga de un elemento que controle la corriente
en el conductor neutro o compensador, de forma que haga actuar
el mismo cuando la sobrecarga en este conductor pueda considerarse
excesiva.
El dispositivo de
protección general pueda estar constituido por un interruptor
automático de corte omnipolar o por un interruptor automático
que corte únicamente los conductores de fase o polares
bajo la acción del elemento que controle la corriente
en el conductor neutro.
3/4
En los demás casos, se admite que la protección
del conductor neutro o compensador está convenientemente
asegurada por los dispositivos que controlan la corriente en
los conductores de fase o polares.
Como dispositivos de protección
contra sobrecargas serán utilizados los fusibles calibrados
de características de funcionamiento adecuadas o los
interruptores automáticos con curva térmica de
corte.
b) Protección contra
cortocircuitos. En el origen de todo circuito se establecerá
un dispositivo de protección contra cortocircuitos cuya
capacidad de corte estará de acuerdo con la intensidad
de cortocircuito que pueda presentarse en el punto de su instalación.
Se admite, no obstante, que cuando se trate de circuitos derivados
de uno principal, cada uno de estos circuitos derivados disponga
de protección contra sobrecargas, mientras que un solo
dispositivo general pueda asegurar la protección contra
cortocircuitos para todos los circuitos derivados.
Se admiten como dispositivos
de protección contra cortocircuitos los fusibles de características
de funcionamiento adecuadas y los interruptores automáticos
con sistema de corte electromagnético.
1.2. Situación de los
dispositivos de protección
En general, los dispositivos
destinados a la protección de los circuitos se instalarán
en el origen de éstos, así como en los puntos en que
la intensidad admisible disminuya por cambios debidos a sección,
condiciones de instalación, sistema de ejecución o
tipo de conductores utilizados.
No obstante, no se exige instalar
dispositivos de protección en el origen de un circuito en
que se presente una disminución de la intensidad admisible
en el mismo, cuando su protección quede asegurada por otro
dispositivo instalado anteriormente. Esta prescripción no
será aplicable a los circuitos destinados a la alimentación
de locales mojados o que presenten riesgos de incendio o explosión.
1.3.Características
de los dispositivos de protección
Los dispositivos de protección
cumplirán las condiciones generales siguientes:
3/4
Deberán poder soportar la influencia de los agentes
exteriores a que estén sometidos, presentando el grado
de protección que les corresponda de acuerdo con sus
condiciones de instalación.
3/4
Los fusibles irán colocados sobre material aislante
incombustible y estarán construidos de forma que no puedan
proyectar metal al fundirse. Cumplirán la condición
de permitir su recambio bajo tensión de la instalación
sin peligro alguno. Deberán llevar marcada la intensidad
y tensión nominales de trabajo para las que han sido
construidos.
3/4
Los interruptores automáticos serán los apropiados
a los circuitos a proteger respondiendo en su funcionamiento
a las curvas intensidad-tiempo adecuadas.
Deberán cortar la
corriente máxima del circuito en que estén colocados
sin dar lugar a la formación de arco permanente, abriendo
o cerrando los circuitos sin posibilidad de tomar una posición
intermedia entre las correspondientes a las de apertura y cierre.
Cuando se utilicen para la protección contra cortocircuitos,
su capacidad de corte estará de acuerdo con la intensidad
de cortocircuito que pueda presentarse en el punto de su instalación,
salvo que vayan asociados con fusibles adecuados que cumplan
este requisito.
Los interruptores automáticos
llevarán marcada su intensidad y tensión nominales,
el símbolo de la naturaleza de corriente en que hayan de
emplearse, y el símbolo que indique las características
de desconexión, de acuerdo con la norma que le corresponda,
o en su defecto, irán acompañados de las curvas de
desconexión.
1.4. Cuadro de distribución
En el origen de toda instalación
y lo más cerca posible del punto de alimentación a
la misma, se colocará un cuadro de distribución en
el que se dispondrán un interruptor general de corte omnipolar,
así como los dispositivos de protección contra cortocircuitos
y sobrecarga de cada uno de los circuitos que parten de dicho cuadro.
El cuadro estará construido
con materiales adecuados no inflamables.
1.5. Protección contra
sobretensiones de origen atmosférico
Cuando sean de temer sobretensiones
de origen atmosférico, las instalaciones deberán estar
protegidas mediante descargadores a tierra situados lo más
cerca posible del origen de aquéllas.
En las redes con conductor neutro
puesto a tierra, los descargadores deberán conectarse entre
cada uno de los conductores de fase o polares y una toma de tierra
unida al conductor neutro.
En las redes con neutro no puesto
directamente a tierra, los descargadores se conectarán entre
cada uno de los conductores, incluyendo el neutro o compensador,
y tierra.
En general, las instalaciones
en las que sean de temer sobretensiones de origen atmosférico,
se establecerán de forma que quede suficiente separación
entre las canalizaciones eléctricas, tanto en el interior
como en el exterior de los edificios, en relación con las
partes o elementos metálicos unidos a tierra.
La línea de puesta a
tierra de los descargadores debe estar aislada. La resistencia de
tierra tendrá un valor de 10 ohmios, como máximo.
1.6. Puestas a tierra
Las puestas a tierra de la instalación,
cuando sean necesarias, se establecerán según se indica
en la Instrucción MI BT 039.
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