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INDICE
1. PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS
DIRECTOS.
2. PROTECCIÓN CONTRA CONTACTOS
INDIRECTOS.
2.1. Separación de
circuitos.
2.2. Empleo de pequeñas
tensiones de seguridad.
2.3. Separación
entre las partes activas y las masas accesibles por medio de aislamientos
de protección.
2.4. Inaccesibilidad
simultánea de elementos conductores y masas.
2.5. Recubrimiento de
masas con aislamientos de protección.
2.6. Conexiones equipotenciales.
2.7. Puesta a tierra
de las masas y dispositivos de corte por intensidad de defecto.
2.8. Empleo de interruptores
diferenciales.
2.9. Dispositivos de
corte por tensión de defecto.
2.10. Puesta a neutro de
las masas y dispositivos de corte por intensidad de defecto.
1. PROTECCIÓN CONTRA
CONTACTOS DIRECTOS
Para considerar satisfecha en las instalaciones, la
protección contra los contactos directos, se tomará
una de las medidas siguientes:
a) Alejamiento de las partes
activas de la instalación a una distancia tal del lugar
donde las personas habitualmente se encuentran o circulan, que
sea imposible un contacto fortuito con las manos, o por la manipulación
de objetos conductores, cuando éstos se utilicen habitualmente
cerca de la instalación.
Se considerará zona
alcanzable con la mano la que, medida a partir del punto donde
la persona puede estar situada, está a una distancia límite
de 2,50 metros hacia arriba, 1,00 metros lateralmente y 1,00 metros
hacia abajo. En la figura 1 se señala gráficamente
esta zona.

Figura 1
b) Interposición de
obstáculos que impidan todo contacto accidental con las
partes activas de la instalación. Los obstáculos
de protección deben estar fijados en forma segura y resistir
a los esfuerzos mecánicos usuales que pueden presentarse
en su función. Si los obstáculos son metálicos
y deben ser considerados como masas, se aplicará una de
las medidas de protección previstas contra los contactos
indirectos.
c) Recubrimiento de las partes
activas de la instalación por medio de un aislamiento apropiado,
capaz de conservar sus propiedades con el tiempo, y que limite
la corriente de contacto a un valor no superior a 1 miliamperio.
La resistencia del cuerpo humano será considerada como
de 2.500 ohmios.
Las pinturas, barnices, lacas
y productos similares no serán considerados como aislamiento
satisfactorio a estos efectos.
2. PROTECCIÓN CONTRA
CONTACTOS INDIRECTOS
Para la elección de las medidas de protección
contra contactos indirectos, se tendrá en cuenta la naturaleza
de los locales o emplazamientos, las masas y los elementos conductores,
la extensión e importancia de la instalación, etc.,
que obligarán en cada caso a adoptar la medida de protección
más adecuada.Por lo que se refiere a
estas medidas de protección, se tendrá en cuenta:
a) Instalaciones con tensiones
de hasta 250 voltios con relación a tierra:
3/4
En general, con tensiones de hasta 50 voltios con relación
a tierra en locales o emplazamientos secos y no conductores, o
de 24 voltios en locales o emplazamientos húmedos o mojados,
no es necesario establecer sistema de protección alguno.
3/4
Con tensiones superiores a 50 voltios es necesario establecer
sistemas de protección para instalaciones al aire libre;
en locales con suelo conductor, como por ejemplo, de tierra, arena,
piedra, cemento, baldosas, madera dura e incluso ciertos plásticos;
en cocinas públicas o domésticas con instalaciones
de agua o gas, aunque el suelo no sea conductor; en salas clínicas
y, en general, en todo local que incluso teniendo el suelo no
conductor quepa la posibilidad de tocar simultánea e involuntariamente
elementos conductores puestos a tierra y masas de aparatos de
utilización.
b) Instalaciones con tensiones
superiores a 250 voltios con relación a tierra:
En estas instalaciones es
necesario establecer sistemas de protección cualquiera
que sea el local, naturaleza del suelo, particularidades del lugar,
etc., de que se trate.
Las medidas de protección contra los contactos
indirectos pueden ser de las clases siguientes:
Clase A
Esta medida consiste en tomar disposiciones destinadas
a suprimir el riesgo mismo, haciendo que los contactos no sean peligrosos,
o bien impidiendo los contactos simultáneos entre las masas
y elementos conductores, entre los cuales pueda aparecer una diferencia
de potencial peligrosa.Los sistemas de protección
de la Clase A, son los siguientes:
3/4
Separación de circuitos.
3/4
Empleo de pequeñas tensiones de seguridad.
3/4
Separación entre las partes activas y las masas accesibles
por medio de aislamientos de protección.
3/4
Inaccesibilidad simultánea de elementos conductores
y masas.
3/4
Recubrimiento de las masas con aislamientos de protección.
3/4
Conexiones equipotenciales.
Clase B
Esta medida consiste en la puesta a tierra directa
o la puesta a neutro de las masas, asociándola a un dispositivo
de corte automático, que origine la desconexión de la
instalación defectuosa.Los sistemas de
protección de la Clase B, son los siguientes:
3/4
Puesta a tierra de las masas y dispositivos de corte por intensidad
de defecto.
3/4
Puesta a tierra de las masas y dispositivo de corte por tensión
de defecto.
3/4
Puesta a neutro de las masas y dispositivo de corte por intensidad
de defecto.
La aplicación de los sistemas de protección
de la Clase A no es generalmente posible, sino de manera limitada
y solamente para ciertos equipos, materiales o partes de una instalación.
2.1. Separación de circuitos
Este sistema de protección consiste en separar
los circuitos de utilización de la fuente de energía
por medio de transformadores o grupos convertidores, manteniendo aislados
de tierra todos los conductores del circuito de utilización
incluso el neutro. Requiere que se cumplan las condiciones siguientes:
3/4
Los transformadores o grupos convertidores deberán
llevar una toma de corriente fija para el circuito de utilización,
desprovista de contacto para conductor de protección. Los
transformadores y grupos convertidores podrán ser de la
Clase I o II, llevando en ambos casos la marca ¯
y cumplirán, en relación con su aislamiento, lo
señalado en la Instrucción MI BT 035.
Las cubas o carcasas de los
transformadores fijos y de los grupos convertidores, deberán
estar provistos de un borne destinado a la conexión de
conductor de protección. Los transformadores móviles
deberán disponer del aislamiento de protección señalado
en el apartado 2.3 de esta Instrucción.
3/4
El circuito de utilización no tendrá ningún
punto común con el circuito de alimentación ni con
cualquier otro circuito distinto.
3/4
Las masas del circuito de utilización no estarán
unidas a tierra ni a las masas de aparatos conectados a otros
circuitos. En cambio, las masas de los aparatos pertenecientes
al mismo circuito de utilización que puedan ser tocadas
simultáneamente, estarán unidas entre sí
por un conductor de protección.
3/4
El límite superior de la tensión de utilización
y de la potencia en los transformadores de separación monofásicos,
será de 250 voltios y 10 kilovoltiamperios, respectivamente.
En otros transformadores estos valores límites serán
de 440 voltios y 16 kilovoltiamperios.
3/4
En los trabajos a efectuar dentro de recipientes metálicos,
tales como calderas, tanques, etc., los transformadores o grupos
convertidores se instalarán fuera de estos recipientes.
El sistema de protección por separación
de circuitos es aconsejable en las instalaciones a realizar en/o sobre
calderas; andamiajes metálicos, cascos navales, etc., o sea,
en condiciones de trabajo especialmente peligrosas por tratarse de
locales o emplazamientos muy conductores. Este sistema de protección
dispensa de tomar otros contra los contactos indirectos en el circuito
de utilización.
2.2. Empleo de pequeñas
tensiones de seguridad
Este sistema de protección consiste en la utilización
de pequeñas tensiones de seguridad. Estas tensiones serán
de 24 voltios, valor eficaz, para locales o emplazamientos húmedos
o mojados, y 50 voltios en locales o emplazamientos secos. Requiere
que se cumplan las condiciones siguientes:
3/4
La tensión de seguridad será suministrada por
transformadores, generadores o fuentes autónomas de energía,
tales como baterías de pilas o acumuladores, que respondan
a las normas UNE correspondientes para esa aplicación de
los citados aparatos.
3/4
El circuito de utilización no estará puesto
a tierra, ni en unión eléctrica con circuitos de
tensión más elevada, bien sea directamente o por
intermedio de conductores de protección.
3/4
No se efectuará transformación directa de alta
tensión a la tensión de seguridad.
3/4
Las prescripciones para la instalación de los circuitos
de utilización que se fijan en la Instrucción MI
BT 029.
El empleo de tensiones de seguridad es conveniente
cuando se trate de instalaciones o de aparatos cuyas partes activas
dispongan de aislamiento funcional y deban ser utilizadas en lugares
muy conductores.Este sistema de protección
dispensa de tomar otros contra los contactos indirectos en el circuito
de utilización.
2.3. Separación entre
las partes activas y las masas accesibles por medio de aislamientos
de protección
Este sistema de protección consiste en el empleo
de materiales que dispongan de aislamientos de protección o
reforzado entre sus partes activas y sus masas accesibles. Requiere
que se cumplan las condiciones siguientes:
3/4
Los materiales deben satisfacer las prescripciones señaladas
para aparatos con aislamiento de la Clase II, según la
Instrucción MI BT 031.
3/4
Las partes metálicas accesibles de estos materiales
no deben ser puestas a tierra.
La utilización exclusiva de estos materiales
y aparatos en una instalación dispensa de tomar otras medidas
de protección contra los contactos indirectos.
2.4. Inaccesibilidad simultánea
de elementos conductores y masas
Este sistema de protección consiste en disponer
las masas y los elementos conductores de tal manera que no sea posible,
en circunstancias habituales, tocar simultánea o involuntariamente
una masa y un elemento conductor. Para la aplicación de este
sistema se tendrá en cuenta la forma y dimensiones de los objetos
conductores que puedan ser manipulados usualmente en el local o emplazamiento
de la instalación. Los medios para
conseguir la inaccesibilidad señalada pueden consistir en separar
convenientemente las masas de los elementos conductores o bien en
la interposición entre ellos de obstáculos aislantes. La
aplicación de este sistema de protección sólo
es realizable prácticamente para las masas de equipos fijos
o de aparatos amovibles utilizados en situación fija, y, por
tanto, en general, habrá de emplearse este sistema simultáneamente
con otros.
2.5. Recubrimiento de masas
con aislamientos de protección
Este sistema de protección consiste en recubrir
las masas con un aislamiento equivalente a un aislamiento de protección. Al
aplicar esta medida se tendrá en cuenta que las pinturas, barnices,
lacas y productos similares, no tienen las cualidades requeridas para
poder constituir tal aislamiento, a no ser que las normas UNE que
se refieren a estos productos, lo señalen específicamente. El
empleo de esta medida de protección dispensa de tomar otras
contra los contactos indirectos.
2.6. Conexiones equipotenciales
Este sistema de protección consiste en unir
todas las masas de la instalación a proteger, entre sí
y a los elementos conductores simultáneamente accesibles, para
evitar que puedan aparecer, en un momento dado, diferencias de potencial
peligrosas, entre ambos. Esta medida puede
comprender también la unión de las conexiones equipotenciales
a tierra, evitando así, igualmente, las diferencias de potencial
que puedan presentarse entre las masas o elementos conductores y el
suelo, lo que supondrá una medida de protección completa,
pero solamente en el local donde es utilizada, ya que estas conexiones
equipotenciales pueden dar lugar a poner bajo tensión elementos
metálicos muy separados del lugar donde se haya producido un
efecto a masa, alcanzando incluso a lugares desprovistos de instalación
eléctrica. En consecuencia, el empleo
de esta medida de protección requiere el análisis previo,
en cada caso, de las situaciones que puede crear su aplicación
ya que será preciso, generalmente, insertar partes aisladas
en los elementos conductores unidos eléctricamente a las masas,
en particular, en railes y conducciones metálicas diversas,
para evitar la propagación de un defecto a masa, a otros lugares
desprovistos de una medida de protección adecuada. Por consiguiente,
si la red de tierra no se prolonga por los locales próximos,
incluso para aquéllos donde no existan instalaciones eléctricas,
es necesario asociar a la instalación eléctrica puesta
a tierra con conexiones equipotenciales, un sistema de protección
de la Clase B. El empleo de las conexiones
equipotenciales entre las masas y los elementos conductores no aislados
de tierra, que puedan ser alcanzados simultáneamente, están
indicadas para los locales o emplazamientos mojados, debiendo asociarse
uno de los sistemas de protección de la Clase B.
2.7. Puesta a tierra de las masas y dispositivos
de corte por intensidad de defecto
Este sistema de protección, consiste en
la puesta a tierra de las masas, asociada a un dispositivo de corte
automático sensible a la intensidad de defecto, que origine
la desconexión de la instalación defectuosa. Requiere
que se cumplan las condiciones siguientes:
a) En instalaciones en que
el punto neutro esté unido directamente a tierra:
3/4
La corriente a tierra producida por un solo defecto franco,
debe hacer actuar el dispositivo de corte en un tiempo no superior
a 5 segundos.
3/4
Una masa cualquiera no puede permanecer en relación
a una toma de tierra eléctricamente distinta, a un potencial
superior, en valor eficaz, a:
24 voltios en los
locales o emplazamientos conductores.
50 voltios en los
demás casos.
3/4
Todas las masas de una misma instalación deben estar
unidas a la misma toma de tierra.
b) En instalaciones en que
el punto neutro esté aislado de tierra o unido a ella por
intermedio de una impedancia que limite la corriente de defecto:
Se cumplirán las tres
condiciones fijadas en a), si bien puede admitirse, cuando las
condiciones de explotación lo exijan, que la primera condición
no sea cumplida, siempre que, en cambio, se cumplan las siguientes:
3/4
Un dispositivo de control debe señalar automáticamente
la aparición de un solo defecto de aislamiento en la instalación.
3/4
La segunda condición del apartado a) se cumplirá
siempre, incluso en caso de un solo defecto franco de aislamiento.
3/4
En caso de dos defectos de aislamiento simultáneos
que afecten a fases distintas o a una fase y neutro, la separación
de la instalación donde se presenten estos defectos ha
de estar asegurada por un dispositivo de corte automático.
En las instalaciones en que el punto neutro de la red
de alimentación esté directamente unido a tierra, pueden
utilizarse como dispositivo de corte automático sensibles a
la corriente de defecto, los interruptores de máxima y los
cortocircuitos fusibles siempre y cuando sus características
intensidad-tiempo produzcan la apertura del circuito antes de que
puedan excederse las condiciones señaladas en el apartado a). Esta
condición exige que la impedancia de cierre de defecto tenga
un valor extraordinariamente bajo y, por otra parte, el valor de la
resistencia a tierra de las masas, debe ser tal que no origine para
las corrientes de corte de los dispositivos utilizados, tensiones
a tierra superiores a los valores señalados en la segunda condición
del aparato a). En general, sólo es posible conseguir estas
condiciones cuando en la red exista un gran número de tomas
de tierra en neutro y el terreno, por otra parte, sea buen conductor. Pueden
utilizarse igualmente como dispositivos de corte automáticos
sensibles a la corriente de defecto los interruptores diferenciales
a los que se refiere el apartado siguiente.
2.8. Empleo de interruptores
diferenciales
En las instalaciones en que el valor de la impedancia
de cierre de defecto a tierra sea tal que no puedan cumplirse las
condiciones de corte señaladas en el apartado anterior, deberán
utilizarse como dispositivos asociados de corte automático,
los interruptores diferenciales.ÐÏࡱá
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