| ÍNDICE
1. GRADO DE ELECTRIFICACIÓN.
1.1. Condiciones para
su fijación.
1.2. Número mínimo
de circuitos.
1.2.1. Electrificación
mínima.
1.2.2. Electrificación
media.
1.2.3. Electrificación
elevada.
1.3. Puntos de utilización
según el grado de electrificación.
1.3.1. Electrificación
mínima.
1.3.2. Electrificación
media.
1.3.3. Electrificación
elevada.
1. GRADO DE ELECTRIFICACIÓN
1.1. Condiciones para su fijación
Independientemente de la capacidad
que, como obligatoria, señalan las instrucciones MI BT 011,
013 y 014 para las instalaciones de enlace con las redes de distribución,
únicamente podrán las viviendas clasificarse como
pertenecientes a uno de los grados de electrificación señalados
en la Instrucción MI BT 010, cuando, a su vez, las instalaciones
interiores respondan, como mínimo, a lo dispuesto en los
apartados 1.2 y 1.3 de la presente Instrucción.
No obstante, podrán considerarse
comprendidas en los grados de electrificación "Media" y "Elevada",
aquellas viviendas en las cuales, no habiéndose establecido
el circuito destinado a cocina, hubiera sido prevista su posible
instalación, dejando dispuesto un tubo adecuado para los
conductores correspondientes, desde el cuadro general de protección
hasta el punto destinado a la posible instalación de una
toma de corriente con destino a la utilización de la cocina.
1.2. Número mínimo
de circuitos
La instalación interior de
las viviendas deberá comprender, a efecto de lo dispuesto
en el apartado 1.1, los siguientes circuitos, como mínimo:
1.2.1. Electrificación
mínima
3/4
Un circuito destinado a puntos fijos de luz y a las tomas
de corriente para alumbrado.
3/4
Un circuito para las tomas de corriente destinadas a
otras aplicaciones.
1.2.2. Electrificación
media
3/4
Un circuito destinado a puntos fijos de luz y a las tomas
de corriente para alumbrado.
3/4
Un circuito destinado a máquinas de lavar, calentador
de agua y secador.
3/4
Un circuito destinado a cocina.
3/4
Un circuito para las tomas de corriente destinadas a otras
aplicaciones.
1.2.3. Electrificación
elevada
3/4
Dos circuitos destinados a puntos fijos de luz y a las tomas
de corriente para alumbrado.
3/4
Un circuito destinado a máquina de lavar, calentador
de agua y secador.
3/4
Un circuito destinado a cocina.
3/4
Dos circuitos para las tomas de corriente destinadas a otras
aplicaciones.
El cálculo para cada circuito
se realizará tomando como base los siguientes valores:
|
Circuito
|
Potencia
|
Grado de
electrificación
de la vivienda
|
|
Alumbrado
|
66% de la que resulta al considerar
todos los puntos de utilización previstos a razón
de 60 vatios cada uno.
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Mínima
Media
Elevada
|
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Tomas
de
corriente
|
2.200 vatios en una de las
tomas.
|
Mínima
|
|
2.200 vatios en dos de las
tomas.
|
Media
|
|
2.200 vatios en dos de las
tomas de cada circuito.
|
Elevada
|
|
Cocina
|
4.400 vatios en la toma para
cocina.
|
Media
Elevada
|
|
Máquina de lavar,
calentador de agua
y secador
|
3.500 vatios en la toma de
la máquina de lavar y de la secadora y 2.200 vatios
en la toma del calentador.
|
Elevada
|
1.3. Puntos de utilización según
el grado de electrificación
En las viviendas, y según
el grado de electrificación que les corresponda, se deberán
establecer, como mínimo, los siguientes puntos de utilización
de la energía, que serán alimentados por los respectivos
circuitos señalados en el apartado 1.2.
1.3.1. Electrificación
mínima
Cuarto de estar
Un punto de luz y una toma de
corriente de 10 amperios por cada 6 metros cuadrados de superficie.
Dormitorios
Un punto de luz y dos tomas
de corriente de 10 amperios.
Cocina
Un punto de luz; tres tomas
de corriente de 10 amperios. Todas estas tomas dispondrán
de contacto de puesta a tierra.
Baño o aseo
Un punto de luz y una toma de
corriente de 10 amperios con contacto de puesta a tierra.
Vestíbulo
Un punto de luz y una toma de
corriente de 10 amperios.
Pasillos
Un punto de luz.
1.3.2. Electrificación
media
Cuarto de estar
Un punto de luz, una toma de
corriente por cada 6 metros cuadrados de superficie y de las cuales,
una, como mínimo, será de 10 amperios.
Dormitorios
Un punto de luz. Tres tomas
de corriente de 10 amperios.
Cocina
Uno o dos puntos de luz fijos
según la capacidad y disposición de la cocina. Dos
tomas de corriente de 10 amperios, provistas de contacto de puesta
a tierra, destinadas a frigoríficos y pequeños aparatos.
Si está prevista en la cocina la instalación de máquina
de lavar o secadora, se establecerá una toma de corriente
para cada una de ellas de 16 amperios, provista de contacto de puesta
a tierra. Para la alimentación del calentador de agua, cuando
su instalación esté prevista en la cocina, se instalará
un interruptor de corte bipolar de 10 amperios.
Una toma de corriente tripolar
de 25 amperios con contacto de puesta a tierra para cocina eléctrica.
Baños y aseo
Un punto de luz. Una toma de
corriente de 10 amperios con contacto de puesta a tierra. En caso
de estar prevista la instalación de máquinas de lavar
en alguno de estos cuartos, se instalará una toma de corriente
de 16 amperios con contacto de puesta a tierra.
Vestíbulo
Un punto de luz y una toma de
corriente de 10 amperios por cada 12 metros cuadrados de superficie.
Pasillos
Un punto de luz por cada 5 metros
de longitud.
1.3.3. Electrificación
elevada
Se establecerán los puntos
de utilización señalados para las viviendas con grado
de electrificación "Media", agregando, para cada habitación,
las tomas de corriente necesarias con contactos de puesta a tierra,
si se prevé la instalación de radiadores de calefacción
o de acondicionadores de aire cuya alimentación haya de establecerse
a través de tomas de corriente.
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